Constitucion

Artículo 139.

Texto Legal

DE LOS SIMBOLOS Son símbolos de la República del Paraguay: el pabellón de la República; el sello nacional, y el himno nacional. La ley reglamentará las características de los símbolos de la República no previstos en la resolución del Congreso General Extraordinario del 25 de noviembre de 1942, y determinando su uso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 139 del Constitucion?

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