Constitucion

Artículo 157.

Texto Legal

DE LA CAPITAL La Ciudad de la Asunción es la Capital de la República y asiento de los poderes del Estado. Se constituye en Municipio, y es independiente de todo Departamento. La ley fijará sus límites.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 157 del Constitucion?

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