Constitucion

Artículo 69.

Texto Legal

DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Se promoverá un sistema nacional de salud que ejecute acciones sanitarias integradas, con políticas que posibiliten la concertación, la coordinación y la complementación de programas y recursos del sector público y privado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del Constitucion?

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