Constitucion

Artículo 88.

Texto Legal

DE LA NO DISCRIMINACION No se admitirá discriminación alguna entre los trabajadores por motivos étnicos, de sexo, edad, religión, condición social y preferencias políticas o sindicales. El trabajo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas o mentales será especialmente amparado.

Preguntas Frecuentes

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