Constitucion

Artículo 84.

Texto Legal

DE LA PROMOCIÓN DE LOS DEPORTES El Estado promoverá los deportes, en especial los de carácter no profesional, que estimulen la educación física, brindando apoyo económico y exenciones impositivas a establecerse en la ley. Igualmente, estimulará la participación nacional en competencias internacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del Constitucion?

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